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06.06. FRANCISCO TEJERO: MADERA DE HOMBRE (1910-1998)

 




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Historia de Priego de Andalucía - Crónica negra de Priego según los diarios cordobeses

24. SUCESOS

Sucesos variados recopilados en el "Diario de Córdoba". (1856-1956).



© Enrique Alcalá Ortiz
 

CAUSA POR ROBOS.- Ante la sección segunda de esta Audiencia  se celebró anteayer la vista de la causa instruida en el juzgado de Priego, contra José Gómez Vilches y Francisco Mérida Expósito, por los delitos de robo.

         Según el representante del Ministerio Público, el primero de septiembre de 1906, José Gómez Vilches, de dieciséis años de edad, ejecutoriamente condenado por el delito de hurto, y Francisco Mérida Expósito, penetraron por una ventana en la casería llamada Aguilerilla, del término de Priego, en ocasión de hallarse ausente su morador, y sustrajeron de un arca que estaba abierta diez pesetas en metálico.

         Después se dirigieron a la huerta denominada Media Legua, del mismo término, y también entraron por una ventana en la casa, que igualmente estaba sola, y fracturando un arca se apoderaron de cinco duros en plata y una pistola.

         Ambas fincas se encuentran en lugares solitarios, distantes de la población.

         En el acto del juicio sostuvo la acusación el abogado fiscal sustituto señor Casanova y la defensa de los procesados estuvo a cargo del letrado señor Castejón.

         El jurado dio veredicto de culpabilidad, y el Tribunal de Derecho condenó a Francisco Mérida a la pena de 2 años, 11 meses y 11 días de presidio correccional por cada uno de los dos delitos, y a José Gómez a la de 3 meses de arresto mayor por cada uno, y mancomunadamente al pago de costas e indemnizaciones a los perjudicados. (1908). 

OTRO ROBO.- Ayer, en la misma sección, se vio otra causa, también seguida en el juzgado de Priego, contra José Gómez Vilches y Manuel Delgado Hinojosa, por el delito de robo.

         El Fiscal, en sus conclusiones provisionales, acusaba a los procesados de haber penetrado el 27 de junio de 1906 en una fábrica de grano que hay en las inmediaciones de Priego, apoderándose de un arca, la cual dejaron abandonada en un olivar próximo, después de fracturar la cerradura, llevarse un diccionario, una agenda y otros efectos de escaso valor que contenía.

         En el acto del juicio, y en vista del resultado de la prueba, el abogado fiscal sustituto señor Casanova retiró la acusación de Manuel Delgado y sostuvo la de José Gómez, que fue defendido por el letrado José Carretero.

         El jurado dio veredicto de culpabilidad, y la Sala condenó al procesado al pago de 125 pesetas de multa y de la mitad de las costas. (1908). 

JUICIO POR JURADOS.- En la sección segunda se verá hoy, con intervención del jurado, la causa seguida en el juzgado de Priego, por malversación, contra José Navas Rosa.

         Los Sres. García Pérez Rico y Usano tienen a su cargo, respectivamente, la defensa y representación del procesado. (1908). 

CAUSA POR MALVERSACIÓN.- Ante la sección segunda de esta Audiencia se celebró anteayer la vista de la causa instruida en el juzgado de Priego contra José Navas Rosa, a quien el representante del Ministerio público acusaba de haber malversado fondos de la Agencia ejecutiva de dicha población.

         En el acto del juicio, y en vista del resultado de la prueba, el abogado fiscal sustituto señor Molina Albendín modificó sus conclusiones, calificando los hechos de dos delitos de estafa y uno de hurto.

         El abogado del Estado señor Meléndez, que actuaba de querellante, retiró la acusación en vista de que los delitos que se perseguían no afectaban a la Hacienda pública.

         El letrado defensor señor García Pérez Rico optó porque siguiera interviniendo en el juicio el tribunal de hecho, y sostuvo que su patrocinado no era autor de delito alguno.

         El jurado dio veredicto de inculpabilidad, y la Sala absolvió libremente al procesado. (1908). 

JUICIO POR JURADOS.- En la sección segunda, y con intervención del jurado, se celebrará hoy la vista de la causa procedente del juzgado de Priego, por tentativa de violación, contra José Antonio Ortega Sicilia.

         Los señores Tubío y Toro Castillo tienen a su cargo, respectivamente, la defensa y representación del procesado. (1908). 

CAUSA POR ROBO.- Ante la sección segunda de esta Audiencia empezó anteayer y concluyó la vista de la causa instruida en el juzgado de Priego, contra José Porras Rosales, Isidro Tomás Burgos, Escolástico Miranda Padilla, Francisco Padilla Padilla, Manuel Sicilia Expósito y Rafael Jurado Mérida, por el delito de robo.

         Según el representante del Ministerio público, los procesados asaltaron la casa del vecino de Priego don José Lozano Madrid y se apoderaron de 6.200 pesetas en metálico, 2.500 en billetes del banco y varias alhajas.

         En el acto del juicio sostuvo la acusación el abogado fiscal sustituto señor Casanova y las defensas estuvieron a cargo de los letrados señores Martínez Beltrán, Gutiérrez Ravé, Molina Albendín, Flores y García Serrano.

         El jurado dio veredicto de culpabilidad y el Tribunal de Derecho condenó a cada uno de los procesados José Porras, Isidro Tomás y Escolástico Miranda a la pena de 6 años y 1 día de presidio mayor; a Manuel Sicilia a la de 2 meses y 1 día de arresto mayor, y a Francisco Padilla y Rafael Jurado al pago de 125 pesetas de multa, accesorias, costas e indemnización mancomunadamente. (1908).

 





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