INICIO
 CURRÍCULO  
 NOTAS BIOGRÁFICAS  
 CRONISTA OFICIAL  
 ARTÍCULOS  
 LIBROS  
 FOTOTECA  
 ADARVE FOTOGRÁFICO  
 ENVÍA TUS FOTOS 
 VÍDEOS 
 NOTICIAS DE PRIEGO 
 ENLÁCENOS 
 LIBRO DE VISITAS 
 BLOG 

 

03.23. ALMEDINILLENSES EN LA UNIVERSIDAD DE GRANADA. (1844-1964)

 




Visitas
desde el 1 de mayo 2007
RELIGIOSIDAD POPULAR. Cofradías y hermandades - Hablan del Nazareno de Priego

22. EL ÚLTIMO BANDO

Bando de la Alcaldía del año 1955.



© Enrique Alcalá Ortiz

 

 

            Desde el primer bando que hemos visto del año 1884 hasta éste del año 1955, han pasado muchas décadas, sin embargo, el espíritu permanece, la celebración religiosa condiciona totalmente la vida social del pueblo.  

            ?D. Manuel Mendoza Carreño, Alcalde-Presidente del Excelentísi­mo Ayuntamiento de esta Ciudad.

            Hago saber: Que conmemorándose en los días 3 al 10 del presente mes, la Pasión y muerte de Nuestro Señor Je­sucristo, y teniendo lugar con tal moti­vo en nuestra Ciudad, cultos y desfiles procesionales, para que estos se cele­bren con el mayor orden y no se dis­traiga la atención con que la Ciudad asiste a los actos en los que se reme­mora el sacrificio de Nuestro Reden­tor, dispongo:

            1º.- Todos los establecimientos de recreo, cafés, bares, tabernas etc., ce­rrarán desde las 8 de la tarde del Vier­nes Santo hasta el toque de Gloria.

            2º.- Se recuerda a todos los indus­triales y comerciantes que la solemnidad del Jueves Santo a efectos labora­les, se considera fiesta absoluta sin recuperación de horas perdidas.

            3º.- Durante el Jueves y Viernes Santos, quedará terminantemente prohibido toda clase de espectáculos y atracciones, así como el uso de bocinas y cláxones  en automóviles y camiones, debiendo éstos circular lo menos posible por las calles de la ciudad y con el mínimo ruido indispensable.

            4º.- Durante referidos días se establecerá la parada de carruajes en las calles Trasmonjas (taxis) y Paseo de Colombia (particulares), quedando terminantemente prohibido su estacionamiento en otras calles de la Ciudad.

            5º.- El paso de las procesiones será presenciado con respetuoso silencio, prohibiéndose deambular por las aceras o pasar de una a otra durante los desfiles procesionales, a los que asistirán los hombres destocados y con el debido respeto a la representación del Prendimiento.

            6º.- Las paradas de las imágenes, sólo tendrán lugar en los sitios en que así se disponga por las respectivas Juntas de Gobierno de sus cofradías, prohibiéndose tenga lugar en sitios no autorizados, así como intervenir en el manejo de las andas a individuos que no estén autorizados por las respectivas Juntas de Gobierno, o de cualquier otro modo alterar el orden de los actos procesionales.

            Lo que se hace público para general conocimiento, esperando esta Alcaldía de la cultura y sentido religioso del vecindario, que no se producirán infracciones de lo dispuesto en este Bando a las que habrían de aplicarse las máximas sanciones, que autorizan las Leyes.

            Priego, 2 de abril de 1955?.





1032 Veces visto - Versión para Imprimir




Libro de
Visitas


Colabora con tus fotos



Buscador de Artículos



[INICIO] | [CURRÍCULO] | [BIOGRAFÍA] | [CRONISTA OFICIAL] | [ARTÍCULOS] | [LIBROS] | [FOTOTECA] | [ADARVE FOTOGRÁFICO]
[ENLÁCENOS] | [LIBRO DE VISITAS] | [ENVÍA TUS FOTOS] | [BLOG]


Diseño Web: © dEle2007